A diferencia del método general de consolidación por integración global de empresas del grupo, existe un método, denominado "puesta en equivalencia", que debe ser usado en los siguientes supuestos:
- Con las Sociedades Asociadas (participación > 20% -3% si cotiza en bolsa-, sin llegar al 50%, y en las que se tenga cierta influencia en la gestión -representación en el Consejo de Admón.-)
- Con aquellas Sociedades Dependientes que NO consoliden por integración global (aquellas que tengan actividad distinta a la del grupo de empresas). Por ej. caso de una empresa constructora si participa en una entidad financiera, de forma que la integración global distorsione las cuentas del grupo constructor.
- Con las Sociedades Multigrupo o Joint-Venture (sociedades de control compartido entre varias empresas, al 50, 33, 25 o % que sea), aunque en estos casos también se puede optar por el método de integración proporcional.
En qué se diferencia la puesta en equivalencia vs. la integracion global y proporcional | Cómo funciona la puesta en equivalencia
- No se agregan las cuentas de las sociedades que se consoliden por este método