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martes, 15 de febrero de 2011

LA REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES PÚBLICAS EN ESPAÑA.

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El gobierno de España, las centrales sindicales más representativas y la patronal han firmado un Acuerdo Económico y Social (en adelante, el Acuerdo) con la intención de reactivar la economía española y el mantenimiento de nuestro Estado del Bienestar.
El Acuerdo está integrado por el acuerdo para la a Reforma sistema de pensiones público en España (en adelante, la Reforma), el acuerdo sobre políticas activas de empleo y otras materias de índole laboral y sobre política industrial, energética y de innovación. 
La Reforma se empezará a aplicar de forma gradual durante el periodo 2013-2027. Entre otros aspectos, es de destacar las siguientes modificaciones: 
1.- Se incorpora el concepto de carrera laboral completa ante la Seguridad Social que se establece en 38 años y 6 meses cotizados. Los trabajadores con una carrera laboral completa ante la Seguridad Social podrán jubilarse a los 65 años cobrando el 100% de la base de cotización. El resto de los trabajadores podrán jubilarse a los 67 (ex 65) años y cobrarán el 100% de la base de cotización con 37 años cotizados. Ahora bien, el paso de 65 a 67 años se aplicará durante el 2013-2027 a un ritmo anual de 1 mes más por año durante el periodo 2013-2018 y a dos meses más por año durante el periodo 2019-2027. La edad de jubilación anticipada será de 63 años (ex 61) y en época de crisis de 61 años. Para ello se habrá de cotizar un mínimo de 33 años. Se mantiene la jubilación parcial a partir de los 61 años. Desaparece la jubilación especial a los 64 años.
2.- El periodo de años cotizados para el cálculo de la base de cotización será de los últimos 25 (ex 15) años cotizados para el año 2022. Durante el periodo 2013-2022