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martes, 7 de abril de 2015

Embargos de Nudas Propiedades por Herencia | N-Esimos problemas para Titulares y Avaladores

Compartir Aún cuando más o menos empezamos a ver, y llevan tiempo diciéndonos, que estamos saliendo de la crisis, los datos de concúrsales empresariales (quiebras - suspensiones de pagos) retroceden hasta niveles del año 2009, 2º ejercicio palpable de la crisis en la que llevamos metidos con este 8 años. Esto es un dato bueno, a medias. Y es fruto de que queda mucha empresa herida y sin solución financiera a las que el mercado y sus acreedores acaban por ponerle la puntilla definitiva, terminando en una quita y espera cuando no con la definida liquidación y extinción societaria.
Abarcamos aquí uno de los n-esimos problemas por el Aval de Cónyuges a Sociedades Familiares con Solvencia Global Insuficiente o a Familiares que generan impagos de préstamos personales por falta de ingresos o exceso de dispendio en gastos, como también por la alegre Contratación de elevados Préstamos y Créditos Personales a título particular. 
Pero ete aquí que los acreedores principales, normalmente los bancos y sociedades financieras como puedan ser las de garantía reciproca –también conocidas en el argot como SGRs-, tuvieron a bien mantener alguna buena práctica o costumbre de la banca tradicional, el contar con garantías adicionales en forma de avalista cuando no quedaban activos que hipotecar o esta vía resultaba más ágil (aval del socio/s mayoritarios y su cónyuge si acaso estuvieran en gananciales, o si estuvieran en régimen de bienes separados por qué no también si el patrimonio personal es compartido) para acceder a apoyar financieramente a aquellas PYMES y empresas que en los momentos pre-crisis ya presentaban unos fundamentales de solvencia y rentabilidad realmente exiguos como para con la garantía societaria poder asumir con alguna certeza el servicio de la deuda formalizada.

martes, 21 de enero de 2014

Financiar las Ayudas a Agricultores | Los Impagos Amenazan el Cierre de Explotaciones Rurales

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Particularmente, no soy amigo de las actividades subvencionadas, pero una vez que se establecen las reglas del juego en el sector primario, también creo que se debe cumplir con lo pactado.

Por poner un caso, en la Comunidad de Castilla y León esta sucediendo algo un tanto extraño. No llegan los fondos europeos (50% del "pastel"), tampoco los estatales (25%), ni los de las Comunidades Autónomas (restante 25%).
Aquí no paga nadie, y la Comunidad exige al Estado que pague su parte...?
Estamos hablando de demoras en los pagos de las ayudas del ejercicio 2012 y de las del pasado ejercicio 2013.
¿Alguién entiende que estén paralizados los pagos dos ejercicios consecutivos? Se lo explicamos

martes, 14 de enero de 2014

Gamonal vs Obras Alcalde Burgos | Consorcios, PP y MP

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Las noticias aparecidas en los medios de comunicación web nacionales e internacionales sobre el barrio de Gamonal de Burgos (ver los hastag #Gamonal o #GamonalResiste en twitter) es tan impresionante como la baja de la prima de riesgo del "Reino" de España, con una marca España a la baja.

Detrás de esta obra de transformación urbanistica, más innecesaria aún que costosa, cifrada inicialmente en 8 millones de euros para en el fondo sacar adelante un parking privado, no se debe más que a intereses económicos y políticos.

martes, 23 de noviembre de 2010

Efectos del Concurso de Acreedores en personas físicas | Tramites del procedimiento para la declaración, plazos y documentos. Atención especial a créditos hipotecarios

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El Concurso de Acreedores (antiguas quiebra y suspensión de pagos) cuando el deudor es un particular (persona física) tiene un procedimiento específico de ejecución de acuerdo a la Ley Concursal de 9 de julio de 2003, reformada a principios de 2009 para actualizarla a la nueva coyuntura de crisis, pero los principales cambios fueron para las empresas.

El Concurso de Acreedores es uno de los procedimientos que más ha aumentado en todos los Juzgados de España en los últimos años, afectando tanto a empresas como a particulares.

Este procedimiento tiene que ser iniciado por aquellas personas que no pueden hacer frente a sus gastos y pagos corrientes (recibos de la luz, gas, comunidad, agua... créditos personales y en la mayor parte de los casos las cuotas de los préstamos hipotecarios para compra de vivienda) a causa de una situación de insolvencia. Esta es la situación alcanzada por muchos desempleados o profesionales autónomos que han tenido que cesar en su actividad por el parón económico o por impagos.

Se ha de presentar la solicitud de declaración de concurso de acreedores por medio de abogado y procurador con poder especial dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se hubiera conocido (o debido conocer) el estado de insolvencia, adjuntando los siguientes documentos:
  • Memoria expresiva de la historía económica y jurídica del deudor,
  • Inventario de bienes y derechos
  • La relación de acreedores.
Este tipo de concurso esría denominado concurso voluntario, quedando las facultades de administración y disposición en poder del concursado pero sometidas a la intervención de/del administrador/los administradores concursales.


Declarado el concurso, no podrán iniciarse ejecuciones singulares (judiciales o extrajudiciales), ni apremios administrativos o tributarios contra el patrimonio del deudor. 


La única excepción la constituyen los créditos con garantía real (hipotecas por ejemplo) sobre los bienes del concursado, afectos o no a una actividad profesional. Los titulares de estos créditos (bancos y cajas normalmente) no podrán iniciar la ejecución forzosa de la garantía hasta que se apruebe un convenio o haya transcurrido un año desde la declaración de concurso sin que se hubiera producido laapertura de la fase de liquidación.

Otro tema relavante respecto a los créditos es que NO devengarán intereses, a excepción de los hipotecarios nuevamente.

ENLACES artículos relacionados:
Imagen: tuabogadodefensor.com

    viernes, 12 de noviembre de 2010

    Impagos de Nueva Rumasa a trabajadores y proveedores | El "rumor" popular ya es oficial, por un error de los sindicatos

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    El grupo industrial de la familia Ruiz Mateos acumula atrasos puntuales en el pago de las nóminas, según recogía ayer un comunicado conjunto de las Federaciones Agroalimentarias de CCOO y UGT redactado para los trabajadores del grupo de empresas, que sin embargo fue mandado por error a los medios de comunicación, a los que solicitó comprensión y, por lo tanto, que se abstuvieran de hacer uso del contenido.

    Menudo fallo: esto es un coste público reputacional alto para Nueva Rumasa. En Google por ejemplo ya han despedido al ingeniero que filtro la subida de sueldos del 10% a los más de 20.000 trabajadores de la tecnologíca. Se estima que el sueldo medio en Google eran 150Mil dolares, y pese a este nivel se le estaba escapando talento a su competidor lateral Facebook. Bueno, que a los sindicatos no les pasará nada por hacer esto sin querer, o "sin querer queriendo".

    La noticia sigue: La inquietud de los trabajadores de las empresas de Nueva Rumasa también esta relacionada con la falta ocasional de materias primas y auxiliares, o dificultades en la relación con los proveedores, que les ha hecho temer sobre la posible paralización de los procesos productivos. La explicación de Nueva Rumasa a los sindicatos resta importancia a los aplazamientos a los proveedores, unos hechos que considera “normales”, y no teme una ruptura de los procesos de producción.

    Dicho esto, la información, que se haya convertido en costumbre demorar pagos a mi no me parece