miércoles, 3 de noviembre de 2010

Préstamos ICO Directo para Inversión y Liquidez | Solicitud, tramitación y formalización

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ICOdirecto es un producto de Financiación desarrollado por el Instituto de Crédito Oficial (riesgo 100% asumido por el ICO) dirigido a financiar proyectos de inversión y necesidades de liquidez de las PYMES y autónomos.

Estos préstamos directos del ICO se solicitan a través de http://www.icodirecto.es/ (solicitud informática a traves del Web del FacilitadorFinanciero) y se formalizan a través de las sucursales de Banco Santander y BBVA.


Vigencia de la línea: Hasta el 31 de diciembre de 2011

BENEFICIARIOS: Autónomos y Pymes (requisitos de pyme según la definición de la UE) residentes en España y que lleven a cabo inversiones en territorio nacional o tengan necesidades de circulante.

La antigüedad mínima para poder solicitarlo debe ser de un año, a partir de la fecha de constitución, en el caso de una empresa o desde la fecha de alta en el Régimen General de Autónomos, en el caso de autónomos.

IMPORTE máximo por solicitud: Hasta 200.000 euros, en una o varias operaciones.

Financiación máxima: Hasta el 100 % del proyecto de inversión (incluido impuestos indirectos por la adquisición de bienes) o de las necesidades de liquidez.

Modalidades de Financiación:

a) Inversión
Activos fijos productivos: nuevos y de segunda mano.
Adquisición de vehículos turismos, cuyo precio (incluido IVA o Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.)) no supere los 24.000 euros.
Adquisición de Empresas.
Leasing (incluido el impuesto de matriculación de vehículos).

La inversión a financiar no podrá tener una antigüedad superior a un año y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 1 mes a contar desde la fecha de firma de la financiación.

b) Liquidez

Necesidades puntuales de tesorería o liquidez, sin necesidad de justificación del destino de los fondos.

Plazos de amortización:

El cliente podrá elegir entre las siguientes posibilidades de plazos de amortización y carencia de principal, según la modalidad elegida:

a) Inversión

•7 años, con 2 años de carencia del pago del capital inicial.

b) Liquidez

•3 años con 1 año de carencia para el pago del capital inicial.

Tipo de interés para el cliente: •Variable, Euribor 6 meses más 3,5 %

Periodicidad de los pagos: Mensuales

Comisiones: Se cobra una comisión de apertura del 0,5% sobre el importe solicitado, con un mínimo de 60 Euros.

Tramitación:


La solicitud se realizará informáticamente a través del portal del Facilitador Financiero, al que se accede a través de la página web: http://www.facilitadorfinanciero.es/ 

En el Teléfono de Atención al Cliente 900 567 777 se podrá resolver cualquier duda y se recibirá asesoramiento sobre el proceso de cumplimentación de la solicitud.

Las operaciones que resulten aprobadas se formalizarán a través de las entidades: BBVA y Banco Santander, que se pondrán en contacto con los clientes para iniciar el proceso de formalización de la operación.

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